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PRINCIPIO 4 “Las empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción”

Cuando pensamos en el trabajo forzoso, se nos viene a la mente la esclavitud e inmediatamente diremos: “eso ya lo superamos”. Pero cuando vamos a su definición, nos daremos cuenta que aún en pleno Siglo XXI somos testigos de formas de trabajo forzoso.

El Convenio núm 29 de la  Organización Internacional del Trabajo (1930) define trabajo forzoso como “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente». Se puede apreciar en la actualidad muchas formas de trabajo forzado: la trata de mujeres y niños, algo terrible y deleznable que está muy relacionado con actividades de aprovechamiento ilegal de recursos naturales (en minería informal o tala de árboles) y otras formas aún peores pero más comunes de lo que uno quisiera; asimismo, se conocen de labores industriales que toma mano de obra forzada reteniendo los documentos de identidad o amenazando la integridad de los familiares de estas personas para mantenerlas cautivas, entre otras formas adicionales.

Un hecho que siempre tengo presente, cuando trato este tipo de temas, es algo que me ocurrió estando en una Estación Petrolera en la Selva  peruana. Habíamos regresado al campamento finalizada la tarde luego de sostener diversas reuniones con los dirigentes locales, y se me acercaron tres niñas de entre 03 a 12 años. La mayor de ellas, quien pidió conversar conmigo, era la hermana que me pidió que me llevara a las más pequeñas a Lima, porque allí, si se quedaban, lo iban a pasar mal… Recordé cómo es común  en la zonas rurales que desde muy pequeñas los trabajadores de campamentos de minería ilegal, tala etc buscaban a los padres de niñas para proponerles que sus hijas “trabajen” lo que no es otra cosa que permitir les hagan todo lo que esos desalmados deseen a costa de un sueldo misérrimo.  Esa experiencia me dejó marcada porque me evidenció esa realidad de sufrimiento, abandono, soledad y temor continuo frente a la vida, de unas niñas que no pueden vivir acorde a su edad.  Evidentemente ninguna de sus empresas recurrirá a dichas prácticas para desarrollar sus bienes o servicios; sin embargo, la labor de conciencia parte por saber de dónde provienen sus insumos para elaborar los productos; qué tipo de relaciones tienen sus proveedores con sus propios trabajadores y  cómo la empresa garantiza que todo el ciclo de desarrollo de bienes o servicios esté exento directa o indirectamente de práctica similares.

Para terminar, la OIT estableció 10 principios para dirigentes empresariales en la lucha contra el trabajo forzoso:

  1. Contar con códigos de conducta corporativa que declare su oposición a toda forma de trabajo forzoso
  2. Instruir internamente en las organizaciones sobre cómo detectar su existencia
  3. Suministrar información a terceros con los que la empresa tiene relaciones
  4. Promover acuerdos gremiales
  5. Verificar si las empresas contratistas incurren en esta actividades ilegales
  6. Garantizar que todos sus trabajadores cuenten con contratos de trabajo o reglamento interno que consigne todo lo relacionado con sus condiciones de trabajo
  7. Propiciar eventos nacionales o internacionales para tratar este tema
  8. Contribuir con programas sociales que busquen auxiliar a las personas afectadas por el trabajo forzoso
  9. Tender puentes con empleadores, las autoridades estatales, etc para promover buenas práctica
  10. Recurrir a la prensa

La fórmula está en sus manos.