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Artículo

Cuando las utilidades se utilizan para construir un mundo mejor

Articulo escrito por Annalucia Fasson Llosa para la revista Gestión.

De un tiempo a esta parte han aparecido nuevos modelos societarios que buscan que las empresas no solo le den importancia al fin lucrativo, sino que también desarrollen aspectos ambientales, sociales y de buen gobierno corporativo (ASG). En el Perú se han hecho esfuerzos importantes para promover estas buenas prácticas, sin embargo, aún existen oportunidades por aprovechar.

Una de ellas es la “Propiedad Responsable”,. Esta figura societaria dispone que las utilidades se puedan utilizar para cumplir con el propósito sostenible de la empresa. Para ello, se rige por dos principios fundamentales: (1) la orientación al propósito y (2) el autogobierno. Con el primer punto, se busca lo ya mencionado: que las utilidades sirvan para cumplir el propósito de la compañía y no terminen distribuyéndose entre los accionistas. Y, con el segundo, que el control de la sociedad esté a cargo de personas que participen activamente en ella, evitando que se tomen decisiones que tengan como objetivo únicamente el lucro.

Otro punto interesante son las modalidades bajo las que se puede estructurar esta figura como por ejemplo, la denominada “Acciones de Oro”, consiste en que la compañía cuente con tres clases de acciones: (1) con derecho a voto pero sin la posibilidad de recibir dividendos; (2) con derecho a recibir dividendos y sin tener derecho a voto; y (3) las denominadas “Acciones Oro”, que permiten un derecho de veto si existe algún intento de venta o cambio de la estructura en la empresa. Otra, denominada “Fideicomiso-Fundación”, consiste en que la compañía cuente solo con las dos primeras clases de acciones mencionadas. Y, por último, la denominada “Fideicomiso de Propósito Perpetuo”, donde la sociedad es gobernada por un fideicomiso, el mismo que se encuentra supervisado por un comité que decide el destino de las ganancias y puede reinvertirlas o donarlas a organizaciones benéficas.

Un ejemplo es el caso de la marca Patagonia, la cual fue una de las primeras empresas en contemplar la figura de la “Propiedad Responsable” hace más de un año. Luego de transferir el 2% de sus acciones al fideicomiso Patagonia Purpose Trust, el mismo que es supervisado por miembros de la familia propietaria y por sus asesores de confianza (principio de autogobierno), y el 98% restante a favor de Holdfast Collective, una organización sin fines de lucro, la cual recibe las utilidades para invertirlas a favor de la lucha contra el cambio climático (propósito de la empresa).

Se espera que algunas de estas buenas prácticas societarias lleguen a nuestro país pronto. ¡Feliz 2024!

Annalucia Fasson Llosa

Docente de ESAN Business Law y Asociada de WomenCEO Perú.